Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Los Derechos de las niñas, niños y adolescente son aquellos que establecen condiciones especiales de protección para esta población específica. Todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, están obligadas a reconocer que niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; por tanto, el interés superior de la niñez debe ser considerado primordialmente en la toma de decisiones relativas a personas menores de edad.

La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989 reconoce que niños y niñas tienen derecho pleno al desarrollo físico, mental y social y a expresar libremente sus opiniones, asimismo, eleva a categoría de ley internacional todos los derechos que garantizan la supervivencia y protección infantil.

En el año 2000, México elevó a rango constitucional los derechos de niñas y niños, al aprobarse una adición al artículo 4º de la Constitución. Actualmente este artículo reconoce el derecho de niñas y niños a la salud, la alimentación, la educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, así como la obligación del Estado, de padres, madres y/o tutores, profesorado, personal de salud y toda persona de la comunidad, de preservar estos derechos.

A partir de esta reforma fue posible crear la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que pugna por proteger sus derechos humanos tanto en el ámbito público como en el privado.